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Campaña por la regeneración de la Democracia Sindical

Documentos

Plantilla para la Reclamacion de Horas Extras

Comunicado a los trabajadores de Segurisa sobre el pago de las Horas Extras

ATES La Paja en el Ojo Ajeno

Trabajos de Categoría Superior

Sobre los Ejercicios de Tiro por los V. S.

Póliza Seguro Colectivo Convenio

La Asistencia Jurídica por la Empresa a los V. S.

Manual del Vigilante de Seguridad

AVISO SOBRE LAS RECLAMACIONES DE HORAS EXTRAS

La F.T.S.P-USO recuerda a todos los trabajadores que presentaron sus reclamaciones sobre el precio hora con nosotros, que deben hacernos llegar tan pronto como lo reciban, cualquier documento que provenga del Juzgado de lo Social, ya que sois los trabajadores como demandantes quienes lo van a recibir. Y puede ser importante porque contenga plazos para ejercer cualquier acción legal.

Debes en enviarlo al siguiente número de Fax 91-5.34.62-41Asesoría Jurídica

Ya podeis Traer las Nominas para Reclamar las Horas Extras de 2011 , a partir del 10 de Febrero de 2012

RECLAMACIÓN DIFERENCIA HORAS EXTRAS

. cobrar El Tribunal Supremo dicto una Sentencia, de fecha 30 de mayo de 2011, por la que se desestiman los recursos de casación interpuestos por la Patronal de Seguridad Privada (APROSER, FES, AMPES y ACAES), frente a la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 5 de marzo de 2010.

Esta sentencia resuelve definitivamente el conflicto colectivo formulado por FES, AMPES y ACAES, al que se adhirió posteriormente APROSER, en el que solicitaban la nulidad de las cláusulas de contenido económico del convenio colectivo de Seguridad Privada (años 2005 a 2008).

La justificación esgrimida en su demanda, era que la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21.02.2007 – por la que se anularon los artículos del convenio colectivo que regulaban el valor de las horas extraordinarias –, había producido una ruptura del equilibrio económico interno de mismo, por lo que había que restablecer dicho equilibrio aplicando, mientras se renegociaban las cláusulas de contenido económico, las tablas salariales del convenio anterior (años 2002-2004).

 

Esta resolución judicial pone fin a los conflictos colectivos presentados por las Patronales de Seguridad Privada, que habían producido de facto la paralización, mediante archivo provisional, de la mayoría de las demandas de cantidad, tanto individuales como plurales, formuladas por los trabajadores del Sector en reclamación de las horas extraordinarias realizadas.

 

Con esta última sentencia del Tribunal Supremo se desbloquearán los procesos que estaban pendientes ante los Juzgados de lo Social, mediante el desarchivo de los mismos, si bien con toda probabilidad seguirán existiendo discrepancias jurídicas en relación a qué conceptos integran el valor de la hora ordinaria, a los efectos de retribución de las horas extraordinarias. En este sentido, ya existen varias resoluciones judiciales dispares, por lo que no es descartable que este asunto acabe nuevamente ante el Tribunal Supremo para que unifique doctrina.

 

 

Cual es el Precio de las Horas Extraordinarias

 

La redaccion del articulado del Convenio , se ajusta a lo dispuesto en la Sentencia del TS de 21 de Febrero de 2007 , que se basaba en lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores , sobre el Salario Ordinario , no solamente en el salario base para calcular el precio de la Hora Ordinaria de Trabajo , por lo cual no se puede establecer un precio unitario ya que cada trabajador tiene un precio diferente en base a su antiguedad o pluses de nomina .

Para calcular el precio de la Hora Ordinaria de Trabajo se utilizan el Salario Base , la Antiguedad ( trienios y Quinquenios), plus de peligrosidad , cada trabajador aquel que le corresponda en funcion de si lo tiene consolidado o trabaja con arma , sino seria el minimo garantizado , la prorrata de las pagas Extras y los pluses personales que cada uno tenga reconocidos en su nomina , no entran ni plus de vestuario , ni plus de transporte , ni aquellos conceptos que tengan consideracion de indeznizaciones o suplidos.

Una Vez Sumados todos los conceptos el resultado se multiplica por quince o por doce si tienes las pagas prorrateadas su total se divide por la jornada anual 1.782 y el resultado es la Hora Ordinaria. Como la Hora extraordinaria no puede ser inferior a ese valor de la hora ordinaria , ESE ES TU VALOR DE HORA EXTRAORDINARIA .

Ultimas Sentencias sobre las Horas Extras

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